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  • Foto del escritorPedro Lima

¿Qué día vence la presentación de la declaración anual 2018 de personas morales?


El artículo 9 de la Ley de Impuesto sobre la Renta (ISR) establece que el plazo para presentar la declaración anual del ejercicio 2018 y pagar el impuesto determinado para las personas morales, es durante los primeros tres meses de 2019..


El día 31 de marzo de 2019 es domingo, por lo tanto, genera la duda si el plazo límite mencionado se recorre hasta el siguiente día hábil, que sería el lunes 1 de abril.


En el quinto párrafo del Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación (CFF), establece a la letra:

"... si el último día del plazo o en la fecha determinada, las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores o se trate de un día inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil. Lo dispuesto en este Artículo es aplicable, inclusive cuando se autorice a las instituciones de crédito para recibir declaraciones. También se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil, cuando sea viernes el último día del plazo en que se deba presentar la declaración respectiva, ante las instituciones de crédito autorizadas ..."

Dado que el 31 de marzo de 2019 es domingo, la fecha límite para presentar la declaración anual de personas morales del ejercicio 2018, es el lunes 1 de abril de 2019.

La presentación que se haga después de esta fecha será extemporánea, y al impuesto que se deba pagar se le deberá determinar la actualización y los recargos que procedan.





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