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Aviso de actualización de socios y accionistas ante el RFC

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    Pedro Lima
  • hace 1 minuto
  • 2 Min. de lectura

El Artículo 27, apartado B, fracción VI, del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece la obligación a las personas morales de presentar aviso ante el Registro Federal de Contribuyentes cada vez que se modifique o incorpore información relativa a sus socios, accionistas, asociadas o integrantes de su estructura orgánica, incluidas aquellas con control, influencia significativa o poder de mando.


Esta obligación se instrumenta a través de la ficha de trámite 295/CFF, prevista en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente (el cual para 2026 será el Anexo 2), la cual establece requisitos formales y documentales de cumplimiento estricto.


De acuerdo con la normatividad aplicable, el aviso de actualización de socios o accionistas solo se considera procedente cuando se acompaña la totalidad de los documentos exigidos, sin excepción:


  1. Documento protocolizado y digitalizado en el que consten:

    • La incorporación o modificación de personas socias o accionistas.

    • Las personas con control, influencia significativa o poder de mando.

    • Las personas representantes comunes de las acciones emitidas.

  2. Identificación oficial vigente de todas las personas socias o accionistas que se actualizan, conforme al Anexo 1-A de la RMF.

  3. Forma oficial 96, tratándose de personas físicas o morales residentes en el extranjero que opten por no inscribirse en el RFC.

  4. Cuando el socio o accionista sea persona moral residente en México:

    • Poder notarial.

    • Identificación oficial de su representante legal.

  5. Documento notarial e identificación oficial de la persona representante legal que promueve el trámite.


La omisión de uno solo de estos requisitos provoca el rechazo automático del aviso.


Consideramos de gran importancia que se realice un análisis de los documentos corporativos y los cambios realizados durante los ejercicios anteriores, con el afán de dar cabal cumpliento a la obligación comentada.



 
 
 

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