El 23 de octubre de 2018 se publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, donde establece que se tiene la obligatoriedad a partir del 23 de octubre de 2019 de elaborar, implantar, difundir y mantener en todas las empresas así como en los distintos centros de trabajo, la política de prevención de riesgos psicosociales que contemple:
1. La prevención de los factores de riesgo psicosocial.
2. La prevención de la violencia laboral.
3. La promoción de un entorno organizacional favorable.
La NOM 035 aplica para todos los empleadores. No adoptar las medidas preventivas para mitigar los factores de riesgos implica multas hasta por 50,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Las primeras exigencias de la NOM 035, son la evidencia documental así como la difusión de la política de prevención de riesgos psicosociales a todo el personal laboral contemplando lo siguiente:
Las condiciones en el ambiente de trabajo.
Las cargas de trabajo
La falta de control sobre el trabajo.
Las jornadas de trabajo y rotación de turno que excedan lo establecido en la Ley Federal del Trabajo
Interferencia en la relación trabajo-familia
Liderazgo negativo y relaciones negativas en el trabajo
La violencia laboral
Adoptar las medidas para prevenir y controlar dichos factores de riesgo psicosocial.
Promover el entorno organizacional favorable.
Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y, canalizar a los trabajadores identificados para su atención, a la institución de seguridad social o privada, o con el médico del centro de trabajo o de la empresa.
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