En los últimos meses ha tomado relevancia el termino discrepancia fiscal, esta se encuentra fundamentada en el artículo 91 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), la cual establece que “las personas físicas podrán ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal cuando se compruebe que el monto de las erogaciones en un año de calendario sea superior a los ingresos declarados por el contribuyente, o bien a los que le hubiere correspondido declarar”.
Para saber si el contribuyente gastas de más, el fisco le solicitará a las instituciones financieras un reporte detallado donde se indique a detalle la cantidad total de dinero que pagó en tus tarjetas a lo largo del mes y del año, y así es como obtendrá la información y aplicará el criterio de discrepancia.
En el caso de que las autoridades fiscales detecten que los ingresos no cuadren con la declaración de erogaciones y pago de ISR, el SAT podrá utilizar toda la información disponible para hacer una revisión (expedientes, declaraciones e información de terceros).
Una vez que se haya realizado el expediente, el SAT te informará sobre el monto de las erogaciones, la información que tienen para validar el monto, la fuente de la información y cuánto es lo que se debe pagar en ISR en realidad.
Luego de la notificación, se tendrá sólo 20 días para redactar un informe en el que se explique a detalle de dónde vienen los excedentes, además de ofrecer pruebas que demuestren que efectivamente se pagaron los impuestos debidos.
En este caso, hay dos posibles escenarios:
Si se logra justificar la discrepancia, no sucederá nada
Si no se logra justificar la diferencia, se deberá cubrir el ISR excedente y además de pagar una multa, que puede ir desde el 15 hasta el 70% sobre el monto de la discrepancia fiscal
Además de la multa monetaria, en algunos casos las autoridades pueden realizar una acusación de defraudación fiscal, un delito grave que amerita de tres meses a nueve años de cárcel.
Consideramos importante retomar este tema establecido en la LISR derivado de la propuesta a abrir las puertas para que el SAT conozcan lo que hay en nuestros domicilios fiscales.

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